
23 May AUTORIZACIÓN POR ESTUDIOS DESDE EL PAÍS DE ORIGEN. -Terceros países-
INICIO DEL PROCEDIMIENTO DESDE EL PAÍS DE ORIGEN.
¿Qué documentos necesitaré y qué requisitos debo cumplir?
Además del procedimiento clásico de solicitud de visado de estudiante desde el consulado español, contamos con un procedimiento electrónico con el que se puede iniciar desde España, pero este procedimiento lo contará en la siguiente publicación.
Si, usted decide iniciar el procedimiento desde su país de origen debe solicitar un visado. El mismo le habilitará a permanecer en España en situación de estancia para la realización de cursos, estudios, movilidad de estudios, prácticas no laborales o servicios de voluntariado. El tiempo de estancia será igual a la actividad que realice, con un tiempo máximo de 1 años, sin perjuicio de las pérdidas que se irán solicitando en caso de necesitarlas.
Se debe contactar con el centro de estudios o escuela de negocios en España. Una vez decididos los estudios y el centro o universidad, tenemos que formalizar la matrícula o en su caso obtener una prueba de admisión en el centro de estudios oficialmente reconocido.
Para obtener el visado de estudios ¿Qué requisitos son indispensables? Haber sido admitidos en el centro donde vayamos a realizar la actividad.
1.- Si el extranjero es menor de edad y no venga acompañado de sus padres o tutores deberá estar autorizado por ellos para el desplazamiento a España, constando el centro, organización, entidad y el organismo responsable de dicha actividad así como el período de estancia que tenga previsto.
2.- Debe tener garantizados los medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país, y en su caso la de sus familiares.
3.- Para el sostenimiento una cantidad que represente mensualmente el 100% del IPREM, salvo que acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por el tiempo que va a permanecer en España.
4.- En caso de que participe en un programa de movilidad de alumnos, para seguir un programa de enseñanza secundaria y/o bachillerato en un centro docente o científico reconocido, la acreditación de la cuantía prevista será sustituida por el hecho de que el programa de movilidad contenga previsiones que garanticen que el sostenimiento del estudiante queda garantizado y asegurado dentro del mismo.
5. Haber abonado la tasa por la tramitación del procedimiento.
6.- Contar con seguro médico público o privado con una entidad autorizada para operar en España.
7.- Cuando la duración de la estancia supere los 6 meses, se probable, además:
No padecer ninguna de las enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves. Se acredita mediante certificado medico.
Cuando se trate de mayores de edad penal, no tener antecedentes penales en sus países anteriores de durante los últimos 5 años por delitos de residencia previstos en el ordenamiento jurídico español.
LA SOLICITUD DE VISADO DEBERÁ ESTAR ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTE DOCUMENTOS.
1.- Pasaporte o título de viaje reconocido como válido en España, con vigencia para todo el período para el que se solicite el visado.
2.- La admisión del centro o acreditación si esta en uno de los supuestos de intercambio, voluntariado etc…
3.- Seguro médico.
4.- Acreditar la subsistencia y el alojamiento.
5.- Si es menor de edad, la autorización.
6.- El justificante de haber abonado la tasa.
Si los estudios o investigación son superiores a los 6 meses además se le beneficiará de:
Certificado médico, que acredita que no tiene o padece de enfermedad cuarentenales contemplada en el Reglamento Sanitario internacional. El certificado podrá se expedido en el país de procedencia por los servicios médicos que designe la misión diplomática u oficina consular española, io se realizará por los servicios sanitarios españoles.
Certificado de antecedentes penales del país de origen o países en los que haya residido en los últimos 5 años.
Una vez que se revisen todas las condiciones de la Delegación o Subdelegación de Gobierno resolverá de forma favorable o desfavorable en el plazo de 7 días.
Si resulta desfavorable, en el mismo documento se le indicarán los recursos administrativos y judiciales que procedan, los órganos ante los que deben interponerlos y los plazos.
Una vez finalizado y siendo el mismo favorable, el estudiante recogerá su visado y realizará su entrada en España, sirviendo el visado para acreditar la estancia legal para el caso de que los estudios sean por tiempo inferior a 6 meses.
Para períodos más largos el estudiante deberá tramitar la obtención de la tarjeta de estudiante personalmente ante la oficina de extranjeros, jefatura superior de Policía Nacional de la localidad donde se encuentre.
En el próximo post os contaré como solicitar la estancia por estudios desde España.
Espero que os sea de utilidad.
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