EXPLORACIÓN DE MENORES EN EL PROCESO PENAL

¿Cómo se hace en la práctica?

¿Qué papel juega en psicólogo forense?

 

De forma muy, muy resumida. Vamos como siempre a la práctica.

1.- El juez dicta Auto en el que acuerda la práctica de la prueba preconstituida en atención al grado de maduración. Desde un punto de vista jurídico, la prueba preconstituida, por un lado, salvaguarda el interés de las víctimas especialmente vulnerables y, por otro, protege el elemento probatorio.

2.- Cuando el menor tiene entre 4 y 10 años se realiza a través de expertos Psicólogos Forenses que, gracias a sus conocimientos, han adquirido una relevancia especial. El experto extrae la información de interés evitando la contaminación del testimonio y cuidando la estabilidad emocional del menor. Por otro lado, la Administración de Justicia ha de procurar un contexto en el que el menor se sienta cómodo y seguro, en el que pueda expresarse libremente.

Los psicólogos forenses desarrollan la sesión mediante una serie de a través de preguntas indirectas, (dibujos, juegos, etc.) a fin de que el menor pueda narrar o expresar por sí mismo la información relevante sobre los hechos.

3.- La validez de la prueba preconstituida exige la presencia del Juez, el Letrado de la Administración, el Ministerio Fiscal, la acusación y la defensa.

4.- Si la administración dispone de los medios necesarios, esta prueba se practica en la llamada “Cámara de Gesell”.

En la habitación estará el / la Psicólogo / a Forense con el menor y en una habitación contigua se encontrarán los abogados, desde donde podrán visionar todo lo que está ocurriendo en la sesión. Si cree que se le debe hacer alguna pregunta, se transferirá de la forma más discreta posible, sin alterar el estado en el que se encuentre el menor.

5.- La exploración será grabada y el Letrado de la Administración extendido un acta que irá firmada por todas las partes.

6.- La parte deberá proponer en el juicio oral la reproducción de la declaración del menor.  

Admiro la labor del Psicólogo Forense, una figura especializada que trata al menor con suma delicadeza y profesionalidad. Poseen una sensibilidad especial, cuya aportación es fundamental en aquellos procedimientos en los que intervienen menores.

 

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