Los delitos contra la seguridad vial se refieren a conductas punibles realizadas, en su mayoría, durante la conducción de vehículos a motor o ciclomotores, que crean un peligro tanto para la seguridad vial como para la integridad física de las personas. Es esencial contar con un abogado experto en la materia para comprender las implicaciones legales y las posibles defensas ante estos delitos.
Si la conducta descrita conlleva un resultado lesivo, el juez aplicará la infracción más gravemente penada, imponiendo además la responsabilidad civil correspondiente.
Los delitos contra la seguridad vial están regulados en los artículos 379 a 385 ter del Código Penal, dentro del capítulo IV, titulado «De los delitos contra la seguridad vial», y forman parte del título XVII del libro II, dedicado a los delitos contra la seguridad
Características de los delitos contra la seguridad:
Alcoholemia, exceso de velocidad o conducir sin permiso: la defensa se decide en los detalles del atestado. Cuéntame tu caso.
Las conductas punibles en este ámbito pueden agruparse según sus características.
Contar con la asesoría de abogados especialistas en delitos contra la seguridad vial es fundamental para enfrentar con garantías legales situaciones complejas, como el delito de alcoholemia o el exceso de velocidad. En nuestro despacho contamos con un profundo conocimiento del Código Penal y de las normativas de tráfico. Estamos preparados para ofrecerte una defensa sólida, acompañándote durante todo el proceso judicial. Si necesitas el asesoramiento de abogados especialistas en delitos contra la seguridad vial, como el Delito de alcoholemia y el Delito por exceso de velocidad, ponte en contacto con nosotros.
La prescripción de un delito contra la seguridad vial está regulada por las normas generales de prescripción del Código Penal. La prescripción determina el tiempo después del cual no se puede iniciar o continuar una acción penal o sancionadora. Los plazos de prescripción dependen de la gravedad del delito y de la pena.
El bien jurídico protegido en estos delitos es doble: la seguridad vial, entendida como la ausencia de daño o peligro en la circulación, y la vida e integridad de las personas, implícitas en el concepto de seguridad.
Actuamos en el marco de todos los delitos enmarcados en el código penal.
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