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Abogada de delitos contra la libertad sexual en Madrid

Te defendemos ante cualquier delito del Código Penal

Los delitos contra la libertad sexual en el Código Penal español

Portrait of young lesbian woman holding lgbtq flag performing for sexual freedom

Los delitos contra la libertad sexual en el Código Penal español se encuentran regulados en el Título VIII (artículos 178 a 194) y abarcan conductas que atentan contra la libertad y el consentimiento sexual. Contáctanos si necesitas abogados especialistas en delitos de agresión sexual, abuso, acoso, exhibicionismo, corrupción de menores o trata de seres humanos.

Tipos de delitos contra la libertad sexual

  • Agresión sexual (Art. 178-180): Implica violencia o intimidación para forzar un acto sexual no consentido. Incluye la violación, que es la penetración sin consentimiento. Las penas se agravan si hay uso de armas, actuación en grupo o especial vulnerabilidad de la víctima.
  • Abuso sexual (Art. 181-183): Se refiere a actos sexuales sin consentimiento, pero sin violencia ni intimidación, aprovechando la superioridad o confianza con la víctima. Incluye el abuso a menores de 16 años.
  • Acoso sexual (Art. 184): Consiste en solicitar favores sexuales de forma persistente y no deseada, causando una situación intimidante, hostil o humillante.
  • Exhibicionismo y provocación sexual (Art. 185-186): Implica actos de exhibición obscena o difusión de contenido pornográfico a menores o personas con discapacidad.
  • Corrupción de menores (Art. 189): Incluye la producción, distribución o posesión de material pornográfico con menores de edad o personas vulnerables.
  • Trata de seres humanos con fines de explotación sexual (Art. 177 bis): Captación, transporte o acogida de personas mediante engaño, coacción o abuso con fines de explotación sexual.

Características y agravantes

Las penas varían según la gravedad, la edad de la víctima, el uso de violencia o intimidación y la relación de superioridad o confianza. Se agravan cuando se utiliza violencia extrema, hay especial vulnerabilidad de la víctima, o cuando los hechos se cometen por dos o más personas.

 

Te defendemos ante cualquier delito contra la libertad sexual

Concept of sexual freedom and equal rights for LGBT community.

Sabemos lo delicado y complejo que es afrontar un delito contra la libertad sexual. Nuestro equipo de abogados expertos en derecho penal te ofrece asesoramiento legal confidencial y apoyo integral en cada paso del proceso. Ya sea como víctima buscando justicia o como acusado necesitando una defensa justa, estamos aquí para ayudarte con un asesoramiento personal y profesional. No te enfrentes a esta situación solo o sola. Contáctanos hoy mismo y recibe el respaldo legal que necesitas. Nuestro despacho penalista en Madrid puede ayudarte en tu procedimiento. Llámanos sin compromiso.

Contáctanos

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la libertad sexual?

La libertad sexual es el derecho de cada persona a decidir, sin coacciones, sobre su vida sexual. En lo penal, protege la autodeterminación sexual frente a conductas que la lesionan. El consentimiento es el eje: debe ser libre y manifestarse de forma clara.

¿Qué es la indemnidad sexual?

La indemnidad sexual protege a quienes no pueden prestar consentimiento válido por edad o situación (especialmente menores de 16 años). Cualquier acto sexual con menores tiene un tratamiento agravado específico.

¿Cuál es la diferencia entre abuso y agresión en el Código Penal?

Hoy ya no se usa “abuso sexual” como categoría penal: desde la reforma, todo acto sexual sin consentimiento es agresión sexual. El eje es el consentimiento:

Solo hay consentimiento si la persona lo manifiesta libremente con actos claros, según las circunstancias del caso. 

¿Qué entra como “agresión sexual”?

  • Cualquier acto sexual sin consentimiento.
  • Y, “en todo caso”, si hubo violencia, intimidación, abuso de superioridad o vulnerabilidad, si la víctima estaba privada de sentido o con la voluntad anulada (por ejemplo, por sustancias).

¿Y la “violación”?
Es una agresión sexual con acceso carnal (vaginal, anal o bucal) o con introducción de miembros u objetos: la ley la trata aparte porque es más grave. 

Ejemplos rápidos 

  • Tocamientos o besos forzados sin consentimiento → agresión sexual.
  • Penetración sin consentimiento → violación.
  • Víctima con la voluntad anulada (p. ej., sumisión química) → agresión y, además, agravantes específicas.

“Abuso” desaparece como etiqueta. Todo lo no consentido es agresión; la violación es la agresión con penetración. 

¿Cuál es la pena por abusos sexuales?

Hoy hablamos de agresión sexual (la antigua categoría “abuso” se integró aquí). Las penas dependen de cómo ocurrió y qué ocurrió:

  1. A) Agresión sexual “básica” (sin violencia/intimidación)
  • Prisión de 1 a 4 años.
  • En casos de menor entidad, y si no hay violencia/intimidación ni agravantes, el juzgado puede bajar a la mitad inferior o incluso imponer multa de 18 a 24 meses. 
  1. B) Agresión con violencia o intimidación / víctima con la voluntad anulada
  • Prisión de 1 a 5 años. 
  1. C) Violación (agresión con acceso carnal o introducción)
  • Prisión de 4 a 12 años (base).
  • Si, además, hubo violencia/intimidación o la víctima tenía la voluntad anulada → 6 a 12 años. 
  1. D) Agravantes que suben la pena ( 180 CP)
    Si concurre alguna de estas circunstancias —en grupo, violencia especialmente grave o trato degradante, especial vulnerabilidad, pareja/expareja, relación de superioridad/convivencia, armas, sumisión química— los marcos suben así:
  • Si era el caso A (178.1) → 2 a 8 años.
  • Si era el caso B (178.3) → 5 a 10 años.
  • Si era violación base (179.1) → 7 a 15 años.
  • Si era violación con violencia/intimidación (179.2) → 12 a 15 años. 
  1. E) Menores de 16 años ( 181 CP)
    Con menores, los rangos suben (por ejemplo, 2 a 6 años sin penetración y 8 a 12 con penetración; más altos si hay violencia/intimidación o agravantes). 


Importante:
el encaje exacto (y la pena final) lo decide el tribunal según los hechos y pruebas del caso. Para orientar bien, hay que analizar el atestado y la resolución.

¿En qué consiste la ley “Solo sí es sí”?

La ley “Solo sí es sí” es la reforma que unifica abuso y agresión bajo el criterio del consentimiento y refuerza medidas de prevención, asistencia y reparación a víctimas. En 2023 hubo ajustes en algunos marcos penales. Hoy la práctica forense gira en torno al consentimiento y a las circunstancias concurrentes.

¿Qué órgano judicial es competente en los casos de violencia sexual contra la mujer?

Desde el 3 de octubre de 2025, los Juzgados y Secciones de Violencia sobre la Mujer asumen los delitos de violencia sexual contra la mujer (con despliegue progresivo). Los asuntos anteriores a esa fecha siguen en su juzgado de origen. Si la víctima no es mujer, conoce la jurisdicción penal ordinaria (instrucción/penal/Audiencia, según corresponda).

¿Cómo defenderse de una acusación de abuso o agresión sexual?

Ante una acusación de abuso o agresión sexual, es fundamental actuar con serenidad y conocimiento de los propios derechos. La primera medida consiste en ejercer el derecho a contar con un abogado o abogada especialista en agresiones sexuales desde el primer momento, evitando realizar declaraciones sin su asistencia. En caso de que el atestado policial esté incompleto o falten piezas, también es legítimo optar por guardar silencio hasta disponer de toda la información necesaria.

En relación con las pruebas, es esencial no borrar ni manipular ningún tipo de contenido que pueda tener relevancia en el caso. Debe conservarse el teléfono móvil y, cuando proceda, solicitar una copia forense de su contenido para garantizar la autenticidad de los datos.

La estrategia de defensa debe centrarse en construir una versión coherente y cerrada de los hechos, respaldada por soportes objetivos como conversaciones, registros de ubicación o testigos. Al mismo tiempo, es importante impugnar cualquier diligencia que se haya practicado de forma irregular o que vulnere derechos fundamentales.

Por último, se recomienda mantener una conducta prudente y respetuosa, evitando en todo momento cualquier tipo de contacto con la persona denunciante o con su entorno. Este comportamiento no solo protege frente a posibles nuevas imputaciones, sino que también refuerza la imagen de colaboración y respeto ante la autoridad judicial.

¿Cuáles son los derechos de las víctimas de violencia sexual?

Las víctimas de violencia sexual cuentan con el derecho a información y apoyo, asistencia jurídica, médica y psicológica, protección (órdenes y medidas), participación en el proceso y reparación del daño. Asimismo, existen recursos públicos y protocolos específicos.

¿Es posible retirar una denuncia por abuso o agresión sexual?

Puedes desistir de la acusación particular; sin embargo, son delitos públicos y la Fiscalía puede continuar. Antes de dar ningún paso, conviene valorar efectos procesales y de protección.

¿Qué pruebas se necesitan para denunciar un abuso o agresión sexual?

  • Sanitarias/forenses: parte de lesiones, análisis toxicológico, muestras biológicas (ADN).
  • Digitales: mensajes, audios, fotos, ubicaciones; conservar metadatos (evitar reenviar/editar).
  • Testigos y CCTV: portales, locales, transporte.
  • Psicológica: pericial de credibilidad y daño. Consejo práctico: acudir a urgencias sin cambiarse ni ducharse y guardar la ropa en bolsa de papel. Pedir asistencia letrada en comisaría, juzgado o llamar a abogada de confianza.


👉🏻 Si necesitas un
abogado/a especialista en delitos contra la libertad sexual en Madrid, hablamos ahora. Atiendo urgencias (comisaría y juzgado) y te explico qué haremos hoy y qué dejaremos trazado para mañana. Si prefieres, deja tu teléfono y te llamo.

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