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Los delitos contra la seguridad vial, como el Delito de alcoholemia y el Delito por exceso de velocidad, constituyen un grupo de infracciones penales relacionadas mayoritariamente con la conducción de vehículos a motor o ciclomotores. Estos delitos suponen un riesgo significativo, no sólo para la seguridad en las vías públicas, sino también para la vida e integridad física de las personas. Si necesitas asesoramiento legal especializado en delitos contra la seguridad vial, te recomendamos consultar con abogados especialistas en delitos contra la seguridad vial, quienes poseen el conocimiento y la experiencia necesarios para manejar este tipo de casos complejos.
Los delitos contra la seguridad vial se refieren a conductas punibles realizadas, en su mayoría, durante la conducción de vehículos a motor o ciclomotores, que crean un peligro tanto para la seguridad vial como para la integridad física de las personas. Es esencial contar con un abogado experto en la materia para comprender las implicaciones legales y las posibles defensas ante estos delitos.
La prescripción de un delito contra la seguridad vial está regulada por las normas generales de prescripción del Código Penal. La prescripción determina el tiempo después del cual no se puede iniciar o continuar una acción penal o sancionadora. Los plazos de prescripción dependen de la gravedad del delito y de la pena.
Clasificación de conductas punibles
Las conductas punibles en este ámbito pueden agruparse según sus características.
Los delitos contra la seguridad vial están regulados en los artículos 379 a 385 ter del Código Penal, dentro del capítulo IV, titulado «De los delitos contra la seguridad vial», y forman parte del título XVII del libro II, dedicado a los delitos contra la seguridad
Características de los delitos contra la seguridad
El bien jurídico protegido en estos delitos es doble: la seguridad vial, entendida como la ausencia de daño o peligro en la circulación, y la vida e integridad de las personas, implícitas en el concepto de seguridad.
El artículo 379.1 del Código Penal sanciona la conducción que supere en 60 km/h la velocidad máxima en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana. Las penas incluyen prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, además de la privación del derecho a conducir.
El artículo 379.2 castiga la conducción bajo la influencia de drogas o alcohol. Exceder los límites legales de alcohol en aire espirado o en sangre constituye un delito.
El artículo 380.1 sanciona la conducción temeraria que pone en peligro la vida o la integridad de las personas, con penas de prisión y privación del derecho a
El artículo 383 penaliza la negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o detección de drogas, con penas de prisión y privación del derecho.
El artículo 384 sanciona la conducción sin permiso válido, ya sea por pérdida de puntos, privación judicial o nunca haber obtenido el permiso.
El artículo 385 castiga conductas que generan grave riesgo, como colocar obstáculos en la vía o no restablecer la seguridad de la vía.
El artículo 382 bis castiga el abandono voluntario del lugar del accidente con resultado de fallecimiento o lesiones.
Si la conducta descrita conlleva un resultado lesivo, el juez aplicará la infracción más gravemente penada, imponiendo además la responsabilidad civil correspondiente.
Contar con la asesoría de abogados especialistas en delitos contra la seguridad vial es fundamental para enfrentar con garantías legales situaciones complejas, como el delito de alcoholemia o el exceso de velocidad. En nuestro despacho contamos con un profundo conocimiento del Código Penal y de las normativas de tráfico. Estamos preparados para ofrecerte una defensa sólida, acompañándote durante todo el proceso judicial. Si necesitas el asesoramiento de abogados especialistas en delitos contra la seguridad vial, como el Delito de alcoholemia y el Delito por exceso de velocidad, ponte en contacto con nosotros.
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