La injuria, regulada en el artículo 208 del Código Penal, supone cualquier acción o expresión que dañe la dignidad de otra persona, menoscabando su reputación o afectado a su autoestima En el contexto actual, estas acciones suelen ampliarse a través de redes sociales y medios de comunicación, lo que incrementa su lesividad.
En nuestro despacho penalista, ofrecemos un servicio específico para casos de lesiones, orientado tanto a las víctimas como a quienes son acusados de este delito.
Si alguien ha atentado contra su honor, preparamos y presentamos una querella adaptada a sus necesidades.
Si le acusan de injurias, nos encargamos de estudiar las circunstancias, evaluando si existen causas de exclusión de la responsabilidad penal, como la exceptio veritatis.
En casos donde sea posible resolver el conflicto sin necesidad de juicio, mediamos para proteger sus intereses.
Si usted es víctima de injurias, lo primero es conservar las pruebas de los mensajes, publicaciones o comentarios (por ejemplo, capturas de pantalla). A continuación, contacte con un abogado experto en delitos contra el honor para interponer una querella y exigir la reparación del daño causado.
Ya sea para proteger su honor o para defenderse de una acusación, nuestro despacho está a su disposición. Contamos con experiencia en la resolución de conflictos relacionados con el delito de injurias y calumnias, incluyendo los casos más complejos en redes sociales y medios de comunicación. Solicite una consulta inicial ahora mismo y reciba asesoramiento especializado.
Actuamos en el marco de todos los delitos enmarcados en el código penal.
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