Los problemas penales casi nunca llegan con aviso. Llega con una citación del juzgado, con una llamada desde comisaría o con una denuncia que no esperabas. Y también cuando eres tú la víctima y quieres que el delito se persiga. Ante cualquiera de esas situaciones conviene una abogada penalista en Ajalvir capaz de leer el expediente antes de que nada se vuelva irreversible. Este bufete se centra solo en derecho penal, en labores de defensa y de acusación particular. Cuéntanos los hechos y revisamos tu situación.
Un error muy habitual: hablar antes de conocer en qué situación te encuentras. Se declara en comisaría sin haber leído el atestado, se firma un papel por quitárselo de encima, se manda un mensaje a la otra parte creyendo que así se arregla. Todo eso acaba en el expediente y de ahí no sale.
Así es como suele llegar la gente al despacho:
Lo primero, entender el caso de verdad: leer el procedimiento completo, identificar el delito que se te atribuye o el que has sufrido, y separar la prueba real de lo que solo son sospechas. Lo penal se juega en los hechos acreditados, nunca en las versiones. A partir de ahí la defensa jurídica puede ir en varias direcciones. Instar el archivo o el sobreseimiento cuando los hechos no constituyen delito o no quedan acreditados. Impulsar las diligencias que faltan por practicar. Explorar una conformidad cuando resulta lo más favorable. O plantear el asunto en juicio oral ante el juzgado o el tribunal competente. Si actúas como perjudicado, la estrategia es la inversa: montar la denuncia con la prueba organizada, personarnos y solicitar la responsabilidad civil. También acompañamos al detenido en comisaría y en el juzgado, cuestionamos las medidas cautelares y gestionamos la ejecución: suspensión, sustitución, permisos y cancelación de antecedentes penales.

Estafa, apropiación indebida, administración desleal, blanqueo de capitales, fraude fiscal, falsedad documental y alzamiento de bienes.
Conflictos entre socios y administradores: cuentas falseadas, acuerdos abusivos e impedimento del derecho de información de los socios.
Prevaricación, cohecho y malversación y tráfico de influencias.
Homicidio, asesinato, lesiones, detención ilegal y violencia de género o doméstica.
Amenazas, coacciones y acoso.
Agresión sexual, acoso, exhibicionismo, corrupción de menores y trata.
Hurto, robo con fuerza, robo con violencia, daños y allanamiento de morada.
Alcoholemia, exceso de velocidad, conducción temeraria, conducción sin permiso y abandono del lugar del accidente.
Calumnias e injurias, cada vez más ligadas a publicaciones en redes y a grupos de mensajería.
Tráfico de drogas, cultivo y tenencia y delitos farmacológicos.
Denuncia falsa, simulación de delito, falso testimonio, obstrucción y quebrantamiento de condena o de medida cautelar.
Revelación de secretos, acceso no autorizado a cuentas o dispositivos y difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
Extradiciones y euroórdenes de detención y entrega ante la Audiencia Nacional, con plazos muy cortos desde la detención.
Intervención por fases: instrucción, medidas cautelares, archivo y sobreseimiento, conformidad, juicio oral, delitos leves, acusación particular, ejecución de sentencia y derecho penitenciario.
Trámite ante el Ministerio de Justicia cuando ya se cumplen los plazos. Se gestiona online, sin desplazamientos ni esperas innecesarias.
Nada de ponerse al día con la ley en cada caso nuevo. Todo el foco en lo penal, con dominio de los criterios de cada juzgado y de lo que funciona en cada fase: declaración, instrucción, juicio rápido o conformidad.
Irene Fernández Segura trabajó como gestora procesal en juzgados penales antes de ejercer. Entender cómo se tramitan las causas por dentro, qué detalles cuentan y cómo se decide realmente cambia el modo de anticipar un caso.
Cuatro años de Psicología por delante de la carrera jurídica. Ese poso ayuda en el estudio de los hechos, en la preparación de las declaraciones y en la caza de contradicciones en sala.
No prometo resultados que nadie puede garantizar. Se garantiza criterio, transparencia y trabajo técnico de principio a fin, y un presupuesto claro por fases antes de empezar.
Un proceso penal toca el trabajo, la reputación y la familia. Se lleva con total discreción y amparado por el secreto profesional, sin excepciones.
Te atiende la abogada que lleva tu caso, no un intermediario. Más de cien reseñas en Google reflejan cómo se trabaja aquí.

Te escuchamos por teléfono, WhatsApp o consulta online. Si hay citación o detención, esto es lo urgente y se atiende como tal.
Denuncia, atestado, informes, mensajes, papeles. Aquí aparece lo que de verdad se puede sostener y lo que no.
Los posibles escenarios y sus riesgos, sin ocultar el peor. Qué pasos seguir, qué papeles juntar y qué se resuelve en cada punto.
Redacción de escritos, prueba, diligencias, medidas cautelares, negociación cuando toca y defensa en el juicio.
Recursos si caben. Si no, ejecución: suspensión, sustitución y cancelación de antecedentes.
Litigamos ante los juzgados de instrucción y de lo penal que corresponden a Ajalvir, ante la Audiencia Provincial y, cuando el asunto lo exige, ante órganos de ámbito estatal. Asistimos además en comisarías y puestos de la Guardia Civil de la zona. Si estás en Ajalvir y prefieres no desplazarte, atendemos la primera consulta por teléfono, videollamada o WhatsApp, con la documentación por vía electrónica. El asunto se lleva igual de cerca. Para las comparecencias que requieren presencia física, estaremos donde se tramite el procedimiento.

Siendo prácticos, no deberías. La citación rara vez precisa los hechos, y esa declaración pasa al procedimiento de forma definitiva. Interesa conocer el expediente antes de decir nada, y eso exige estar personado.
Depende del delito, del momento procesal del asunto y de si el caso llega a juicio. Después de analizar el asunto tendrás un presupuesto por escrito y por fases, antes de decidir.
Sí. Trabajamos casos de otros partidos judiciales e igualmente procedimientos de proyección internacional, como extradiciones y euroórdenes ante la Audiencia Nacional.
También ejercemos la acusación particular. Montamos la denuncia o la querella, nos personamos en la causa y exigimos la indemnización por los perjuicios sufridos.
Sí. La instrucción es el momento en que la prueba se recoge y también se pierde. Para cuando se señala el juicio, lo decisivo ya está resuelto.
Actuamos en el marco de todos los delitos enmarcados en el código penal.

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