La vía penal casi nunca avisa antes de golpear. Se presenta con una citación del juzgado, una llamada desde comisaría o una denuncia repentina. Igual de real es cuando has sufrido tú el delito y buscas que responda quien lo cometió. En todos esos supuestos lo sensato es una abogada penalista en Algete que estudie el caso antes de dar pasos difíciles de deshacer. Nuestra dedicación es una: el derecho penal, en defensa y en acusación particular. Ponnos al día y valoramos el asunto.
Hay un fallo que se repite: hablar antes de saber en qué situación estás. Hay quien declara sin ver el atestado, firma un papel por quitárselo de encima y escribe a la otra parte convencido de que así se soluciona. Y todo eso queda en el expediente para siempre.
Estos son los casos con los que la gente acude al despacho:
Lo prioritario es entender bien el caso: estudiar todo el expediente, delimitar el delito y apartar la prueba real de lo que son suposiciones. La responsabilidad penal se discute sobre hechos acreditados, no sobre versiones. Después, la defensa puede seguir varias líneas. Instar el archivo o el sobreseimiento si los hechos no son delito o no se han probado. Plantear las diligencias que la instrucción ha dejado pendientes. Pactar una conformidad cuando es la mejor salida para ti. O mantener la defensa en el juicio oral ante quien corresponda. Si eres tú la víctima, la vía es la contraria: elaborar la denuncia con la prueba ordenada, personarnos y reclamar la indemnización que corresponda. También acompañamos al detenido en comisaría y en el juzgado, cuestionamos las medidas cautelares y gestionamos la ejecución: suspensión, sustitución, permisos y cancelación de antecedentes penales.

Estafa, apropiación indebida, administración desleal, blanqueo de capitales, fraude fiscal, falsedad documental y alzamiento de bienes.
Conflictos entre socios y administradores: cuentas falseadas, acuerdos abusivos e impedimento del derecho de información de los socios.
Prevaricación, cohecho y malversación y tráfico de influencias.
Homicidio, asesinato, lesiones, detención ilegal y violencia de género o doméstica.
Amenazas, coacciones y acoso.
Agresión sexual, acoso, exhibicionismo, corrupción de menores y trata.
Hurto, robo con fuerza, robo con violencia, daños y allanamiento de morada.
Alcoholemia, exceso de velocidad, conducción temeraria, conducción sin permiso y abandono del lugar del accidente.
Calumnias e injurias, cada vez más ligadas a publicaciones en redes y a grupos de mensajería.
Tráfico de drogas, cultivo y tenencia y delitos farmacológicos.
Denuncia falsa, simulación de delito, falso testimonio, obstrucción y quebrantamiento de condena o de medida cautelar.
Revelación de secretos, acceso no autorizado a cuentas o dispositivos y difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
Extradiciones y euroórdenes de detención y entrega ante la Audiencia Nacional, con plazos muy cortos desde la detención.
Intervención por fases: instrucción, medidas cautelares, archivo y sobreseimiento, conformidad, juicio oral, delitos leves, acusación particular, ejecución de sentencia y derecho penitenciario.
Trámite ante el Ministerio de Justicia cuando ya se cumplen los plazos. Se gestiona online, sin desplazamientos ni esperas innecesarias.
No hace falta repasar la materia con cada nuevo asunto. Dedicación exclusiva al penal, con conocimiento de cada juzgado y de lo que funciona fase a fase: declaración, instrucción, juicio rápido o conformidad.
Irene Fernández Segura trabajó como gestora procesal en juzgados penales antes de ejercer. Conocer por dentro cómo avanzan las causas, qué detalles importan y cómo se decide de verdad cambia la manera de anticipar un procedimiento.
Cuatro años de Psicología antes de la abogacía. Esa formación se nota al analizar los hechos, al preparar las declaraciones y al detectar contradicciones en sala.
Aquí no se prometen resultados imposibles de garantizar. Sí se promete criterio, transparencia y rigor técnico de principio a fin, con un presupuesto claro por fases antes de empezar.
Un asunto penal salpica el trabajo, la reputación y la familia. Tu caso se lleva con la máxima discreción y bajo secreto profesional, sin excepciones.
Hablas con la abogada al frente de tu asunto, sin intermediarios. Más de cien valoraciones en Google avalan cómo se trabaja aquí.

Nos pones al día por teléfono, WhatsApp o consulta online. Si media una citación o una detención, esto va primero y se trata como urgente.
Denuncia, atestado, informes, mensajes y toda la documentación. Es donde se distingue lo sostenible de lo que no lo es.
Los escenarios posibles con sus riesgos, también el peor. Qué hacer, qué documentación reunir y qué se decide en cada fase.
Escritos, prueba, diligencias, medidas cautelares, negociación cuando procede y defensa en el juicio.
Recursos cuando caben. Si no, ejecución: suspensión, sustitución y cancelación de antecedentes.
Nos personamos ante los juzgados de instrucción y de lo penal que corresponden a Algete, ante la Audiencia Provincial y, si el asunto lo pide, ante órganos de alcance estatal. También acudimos a comisarías y puestos de la Guardia Civil de la zona. Si estás en Algete y quieres evitar el desplazamiento, la primera consulta se hace por teléfono, videollamada o WhatsApp, y la documentación se envía por vía electrónica. El caso se trabaja igual de cerca. Para las comparecencias que requieren presencia física, estaremos donde se tramite el procedimiento.

La respuesta práctica es que no. La citación no suele concretar los hechos y tu declaración se incorpora al procedimiento sin vuelta atrás. Mejor leer el expediente antes de declarar, y para eso es necesario estar personado.
Cambia según el delito, la fase del asunto y si finalmente hay juicio. Después de estudiar el caso recibes un presupuesto por escrito y por fases, antes de decidir nada.
Sí. Llevamos asuntos de otros partidos judiciales e igualmente procedimientos de proyección internacional, como extradiciones y euroórdenes ante la Audiencia Nacional.
También ejercemos la acusación particular. Montamos la denuncia o la querella, nos personamos en la causa y exigimos la indemnización por los perjuicios sufridos.
Sí. Es en la instrucción donde la prueba se recoge y se pierde. Cuando hay señalamiento, las decisiones que pesan ya están hechas.
Actuamos en el marco de todos los delitos enmarcados en el código penal.

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