Un procedimiento penal rara vez se anuncia. Llega con una citación del juzgado, con una llamada desde comisaría o con una denuncia que no esperabas. Igual de real es cuando has sufrido tú el delito y buscas que responda quien lo cometió. En cualquiera de esos escenarios necesitas una abogada penalista en El Viso capaz de leer el expediente antes de que nada se vuelva irreversible. Nuestra dedicación es una: el derecho penal, en defensa y en acusación particular. Cuéntanos los hechos y revisamos tu situación.
Hay un error que se repite: hablar antes de saber en qué situación estás. Uno declara en comisaría sin conocer el atestado, firma cualquier papel por acabar antes y escribe a la otra parte pensando que así lo soluciona. Todo eso acaba en el expediente y de ahí no sale.
Así es como suele llegar la gente al despacho:
Lo primero, entender el caso de verdad: leer la causa completa, concretar el delito en juego y diferenciar la prueba sólida de las simples sospechas. Lo penal se juega en los hechos acreditados, nunca en las versiones. Después, la defensa puede seguir varias líneas. Solicitar el archivo o el sobreseimiento si los hechos no son delito o no se han probado. Añadir las diligencias que la instrucción no ha realizado. Pactar una conformidad cuando es la mejor salida para ti. O plantear el asunto en juicio oral ante el juzgado o el tribunal competente. Si eres la parte perjudicada, el camino es el inverso: preparar la denuncia con la prueba ordenada, personarnos y pedir la responsabilidad civil. También asistimos al detenido en comisaría y en sede judicial, discutimos las medidas cautelares y llevamos la ejecución: suspensión, sustitución, permisos y cancelación de antecedentes penales.

Estafa, apropiación indebida, administración desleal, blanqueo de capitales, fraude fiscal, falsedad documental y alzamiento de bienes.
Conflictos entre socios y administradores: cuentas falseadas, acuerdos abusivos e impedimento del derecho de información de los socios.
Prevaricación, cohecho y malversación y tráfico de influencias.
Homicidio, asesinato, lesiones, detención ilegal y violencia de género o doméstica.
Amenazas, coacciones y acoso.
Agresión sexual, acoso, exhibicionismo, corrupción de menores y trata.
Hurto, robo con fuerza, robo con violencia, daños y allanamiento de morada.
Alcoholemia, exceso de velocidad, conducción temeraria, conducción sin permiso y abandono del lugar del accidente.
Calumnias e injurias, cada vez más ligadas a publicaciones en redes y a grupos de mensajería.
Tráfico de drogas, cultivo y tenencia y delitos farmacológicos.
Denuncia falsa, simulación de delito, falso testimonio, obstrucción y quebrantamiento de condena o de medida cautelar.
Revelación de secretos, acceso no autorizado a cuentas o dispositivos y difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
Extradiciones y euroórdenes de detención y entrega ante la Audiencia Nacional, con plazos muy cortos desde la detención.
Intervención por fases: instrucción, medidas cautelares, archivo y sobreseimiento, conformidad, juicio oral, delitos leves, acusación particular, ejecución de sentencia y derecho penitenciario.
Trámite ante el Ministerio de Justicia cuando ya se cumplen los plazos. Se gestiona online, sin desplazamientos ni esperas innecesarias.
No toca reciclarse en la materia cada vez que llega un caso. Foco en penal, conocimiento de los criterios de cada juzgado y de lo que funciona en cada fase: declaración, instrucción, juicio rápido o conformidad.
Irene Fernández Segura pasó por los juzgados penales como gestora procesal antes de colegiarse. Saber cómo se mueven las causas por dentro, qué detalles pesan y cómo se decide en la práctica cambia la forma de anticipar un procedimiento.
Cuatro años de Psicología antes de la abogacía. Ese poso ayuda en el estudio de los hechos, en la preparación de las declaraciones y en la caza de contradicciones en sala.
No hay promesas de resultados que nadie puede garantizar. Se promete criterio, transparencia y trabajo técnico de principio a fin, con un presupuesto claro por fases antes de empezar.
Un caso penal alcanza el trabajo, la reputación y la familia. Tu caso se lleva con la máxima discreción y bajo secreto profesional, sin excepciones.
Hablas con la abogada que lleva tu asunto, no con un intermediario. Lo respaldan más de cien valoraciones en Google.

Nos cuentas los hechos por teléfono, WhatsApp o consulta online. Si hay citación o detención, esto es lo urgente y se atiende como tal.
Revisamos denuncia, atestado, informes, mensajes y documentación. Aquí queda claro qué se puede defender y qué no.
Escenarios posibles con sus riesgos, incluido el peor. Los pasos a dar, los documentos a reunir y lo que se decide en cada momento.
Escritos, prueba, diligencias, medidas cautelares, negociación si procede y defensa en juicio.
Recursos cuando caben. Si no proceden, fase de ejecución: suspensión, sustitución y cancelación de antecedentes.
Trabajamos ante los juzgados de instrucción y de lo penal que corresponden a El Viso, ante la Audiencia Provincial y, si el caso lo requiere, ante órganos de ámbito estatal. Asistimos además en comisarías y puestos de la Guardia Civil de la zona. Si tu caso es en El Viso y quieres evitar el desplazamiento, la primera consulta se hace por teléfono, videollamada o WhatsApp, y la documentación se envía por vía electrónica. El caso se sigue igual de cerca. Para las comparecencias que exigen presencia física estaremos donde se tramite el procedimiento.

Siendo prácticos, no deberías. La citación no suele concretar los hechos y tu declaración se incorpora al procedimiento sin vuelta atrás. Conviene leer el expediente antes de decir nada, y para eso hay que estar personado.
Varía según el delito, la fase del procedimiento y si hay que ir a juicio. Estudiado el caso, se te da un presupuesto por escrito y por fases, antes de comprometerte a nada.
Sí. Aceptamos asuntos de otros partidos judiciales e igualmente procedimientos de proyección internacional, como extradiciones y euroórdenes ante la Audiencia Nacional.
También la acusación particular. Montamos la denuncia o la querella, nos personamos en la causa y exigimos la indemnización por los perjuicios sufridos.
Sí. La instrucción es la fase en la que la prueba se consigue o se pierde. Al llegar el señalamiento, las decisiones clave ya se han tomado.
Actuamos en el marco de todos los delitos enmarcados en el código penal.

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