Un asunto penal no suele dar tiempo a prepararse. Llega con una citación del juzgado, con una llamada desde comisaría o con una denuncia que no esperabas. También surge cuando el perjudicado eres tú y quieres llevar el asunto adelante. Ante cualquiera de esas situaciones conviene una abogada penalista en Nueva Espana que lea el asunto antes de que se tomen decisiones difíciles de revertir. Este despacho se dedica solo a derecho penal, en defensa y en acusación particular. Cuéntanos qué ha pasado y valoramos tu situación.
Hay un error que se repite: hablar antes de saber en qué situación estás. Uno declara en comisaría sin conocer el atestado, firma cualquier papel por acabar antes y escribe a la otra parte pensando que así lo soluciona. Nada de eso se puede retirar después: queda en el expediente.
Estas son las situaciones con las que la gente llega al despacho:
Lo prioritario es entender bien el caso: estudiar todo el expediente, delimitar el delito y apartar la prueba real de lo que son suposiciones. Lo penal se juega en los hechos acreditados, nunca en las versiones. Después, la defensa puede seguir varias líneas. Instar el archivo o el sobreseimiento cuando los hechos no constituyen delito o no quedan acreditados. Plantear las diligencias que la instrucción ha dejado pendientes. Explorar una conformidad cuando resulta lo más favorable. O mantener la defensa en el juicio oral ante quien corresponda. Si has sido tú el perjudicado, el camino cambia de sentido: preparar la denuncia con la prueba ordenada, personarnos y pedir la responsabilidad civil. También asistimos al detenido en comisaría y en sede judicial, discutimos las medidas cautelares y llevamos la ejecución: suspensión, sustitución, permisos y cancelación de antecedentes penales.

Estafa, apropiación indebida, administración desleal, blanqueo de capitales, fraude fiscal, falsedad documental y alzamiento de bienes.
Conflictos entre socios y administradores: cuentas falseadas, acuerdos abusivos e impedimento del derecho de información de los socios.
Prevaricación, cohecho y malversación y tráfico de influencias.
Homicidio, asesinato, lesiones, detención ilegal y violencia de género o doméstica.
Amenazas, coacciones y acoso.
Agresión sexual, acoso, exhibicionismo, corrupción de menores y trata.
Hurto, robo con fuerza, robo con violencia, daños y allanamiento de morada.
Alcoholemia, exceso de velocidad, conducción temeraria, conducción sin permiso y abandono del lugar del accidente.
Calumnias e injurias, cada vez más ligadas a publicaciones en redes y a grupos de mensajería.
Tráfico de drogas, cultivo y tenencia y delitos farmacológicos.
Denuncia falsa, simulación de delito, falso testimonio, obstrucción y quebrantamiento de condena o de medida cautelar.
Revelación de secretos, acceso no autorizado a cuentas o dispositivos y difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
Extradiciones y euroórdenes de detención y entrega ante la Audiencia Nacional, con plazos muy cortos desde la detención.
Intervención por fases: instrucción, medidas cautelares, archivo y sobreseimiento, conformidad, juicio oral, delitos leves, acusación particular, ejecución de sentencia y derecho penitenciario.
Trámite ante el Ministerio de Justicia cuando ya se cumplen los plazos. Se gestiona online, sin desplazamientos ni esperas innecesarias.
Nada de ponerse al día con la ley en cada caso nuevo. Foco en penal, conocimiento de los criterios de cada juzgado y de lo que funciona en cada fase: declaración, instrucción, juicio rápido o conformidad.
Antes de ejercer, Irene Fernández Segura fue gestora procesal en juzgados penales. Conocer el funcionamiento interno de las causas y cómo se decide en la práctica cambia la forma de adelantarse a un procedimiento.
Cuatro años de formación en Psicología antes del derecho. Esa base pesa en el análisis de los hechos, en la preparación de las declaraciones y en localizar contradicciones en sala.
Aquí no se prometen resultados imposibles de garantizar. Prometo criterio, transparencia y trabajo técnico de principio a fin, con presupuesto claro por fases antes de arrancar.
Un proceso penal afecta al trabajo, a la reputación y a la familia. Se lleva con total discreción y amparado por el secreto profesional, sin excepciones.
Hablas siempre con la abogada de tu asunto, no con un intermediario. Más de cien valoraciones en Google avalan cómo se trabaja aquí.

Nos cuentas los hechos por teléfono, WhatsApp o consulta online. Cuando hay citación o detención, se atiende de inmediato por su urgencia.
Revisamos denuncia, atestado, informes, mensajes y documentación. Aquí queda claro qué se puede defender y qué no.
Escenarios probables con sus riesgos, contando también el peor. Qué pasos seguir, qué papeles juntar y qué se resuelve en cada punto.
Escritos, prueba, diligencias, medidas cautelares, negociación cuando procede y defensa en el juicio.
Recursos, si es posible. Y si no, ejecución: suspensión, sustitución y cancelación de antecedentes.
Actuamos ante los juzgados de instrucción y de lo penal que corresponden a Nueva Espana, ante la Audiencia Provincial y, cuando el asunto lo exige, ante órganos de ámbito estatal. Asistimos además en comisarías y puestos de la Guardia Civil de la zona. Si te encuentras en Nueva Espana y prefieres no moverte, la primera consulta es por teléfono, videollamada o WhatsApp, y la documentación va por vía electrónica. El caso se sigue igual de cerca. Para las comparecencias que requieren presencia física, estaremos donde se tramite el procedimiento.

En la práctica, no es aconsejable. Muchas veces la citación no concreta los hechos, y lo que declares queda en la causa para siempre. Lo sensato es leer la causa antes de hablar, y para eso hay que personarse.
Depende del tipo de delito, de la fase en que esté la causa y de si se celebra juicio. Estudiado el caso, se te da un presupuesto por escrito y por fases, antes de comprometerte a nada.
Sí. Nos ocupamos de casos de otros partidos judiciales y también causas con alcance internacional, como extradiciones y euroórdenes ante la Audiencia Nacional.
También la acusación particular. Preparamos denuncia o querella, nos personamos y reclamamos la indemnización por los perjuicios causados.
Sí. En la instrucción es cuando la prueba se reúne y se pierde. Cuando hay señalamiento, las decisiones que pesan ya están hechas.
Actuamos en el marco de todos los delitos enmarcados en el código penal.

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