La vía penal casi nunca avisa antes de golpear. Llega con una citación del juzgado, con una llamada desde comisaría o con una denuncia que no esperabas. También surge cuando el perjudicado eres tú y quieres llevar el asunto adelante. En cualquiera de esos casos te hace falta una abogada penalista en Piovera capaz de leer el expediente antes de que nada se vuelva irreversible. Aquí nos ocupamos en exclusiva del derecho penal, en defensa y en acusación particular. Ponnos al día y valoramos el asunto.
Hay un fallo que se repite: hablar antes de saber en qué situación estás. Hay quien declara sin ver el atestado, firma un papel por quitárselo de encima y escribe a la otra parte convencido de que así se soluciona. Todo ello pasa a formar parte del expediente y de ahí no se borra.
Así es como suele llegar la gente al despacho:
Lo prioritario es entender bien el caso: leer la causa completa, concretar el delito en juego y diferenciar la prueba sólida de las simples sospechas. Lo penal se juega en los hechos acreditados, nunca en las versiones. Con eso claro, la defensa puede orientarse en distintas direcciones. Pedir el archivo o el sobreseimiento si los hechos no son delito o no se han probado. Añadir las diligencias que la instrucción no ha realizado. Negociar una conformidad si es lo que más te conviene. O plantear el asunto en juicio oral ante el juzgado o el tribunal competente. Si eres la parte perjudicada, el camino es el inverso: preparar la denuncia con las pruebas en orden, personarnos en la causa y exigir la responsabilidad civil. Del mismo modo asistimos al detenido en sede policial y judicial, trabajamos las medidas cautelares y asumimos la ejecución: suspensión, sustitución, permisos y cancelación de antecedentes penales.

Estafa, apropiación indebida, administración desleal, blanqueo de capitales, fraude fiscal, falsedad documental y alzamiento de bienes.
Conflictos entre socios y administradores: cuentas falseadas, acuerdos abusivos e impedimento del derecho de información de los socios.
Prevaricación, cohecho y malversación y tráfico de influencias.
Homicidio, asesinato, lesiones, detención ilegal y violencia de género o doméstica.
Amenazas, coacciones y acoso.
Agresión sexual, acoso, exhibicionismo, corrupción de menores y trata.
Hurto, robo con fuerza, robo con violencia, daños y allanamiento de morada.
Alcoholemia, exceso de velocidad, conducción temeraria, conducción sin permiso y abandono del lugar del accidente.
Calumnias e injurias, cada vez más ligadas a publicaciones en redes y a grupos de mensajería.
Tráfico de drogas, cultivo y tenencia y delitos farmacológicos.
Denuncia falsa, simulación de delito, falso testimonio, obstrucción y quebrantamiento de condena o de medida cautelar.
Revelación de secretos, acceso no autorizado a cuentas o dispositivos y difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
Extradiciones y euroórdenes de detención y entrega ante la Audiencia Nacional, con plazos muy cortos desde la detención.
Intervención por fases: instrucción, medidas cautelares, archivo y sobreseimiento, conformidad, juicio oral, delitos leves, acusación particular, ejecución de sentencia y derecho penitenciario.
Trámite ante el Ministerio de Justicia cuando ya se cumplen los plazos. Se gestiona online, sin desplazamientos ni esperas innecesarias.
No se parte de cero con la materia en cada asunto. Concentración plena en penal, conociendo los criterios de cada juzgado y lo que da resultado en cada fase: declaración, instrucción, juicio rápido o conformidad.
Antes de ejercer, Irene Fernández Segura fue gestora procesal en juzgados penales. Saber cómo funcionan las causas desde dentro, qué pesa y cómo se resuelve en la práctica transforma la forma de prever un procedimiento.
Cuatro años de Psicología por delante de la carrera jurídica. Esa base está presente en el análisis de los hechos, en la preparación de las declaraciones y en la detección de contradicciones en sala.
No se prometen resultados que nadie puede garantizar. Sí se promete criterio, transparencia y rigor técnico de principio a fin, con un presupuesto claro por fases antes de empezar.
Un proceso penal afecta al trabajo, a la reputación y a la familia. Tu caso se lleva con la máxima discreción y bajo secreto profesional, sin excepciones.
Hablas con la abogada que lleva tu asunto, no con un intermediario. Más de cien opiniones en Google muestran cómo se trabaja aquí.

Nos pones al día por teléfono, WhatsApp o consulta online. Si hay citación o detención, esto es lo urgente y se atiende como tal.
Revisamos denuncia, atestado, informes, mensajes y documentación. Aquí queda claro qué se puede defender y qué no.
Escenarios probables con sus riesgos, contando también el peor. Los pasos a dar, los documentos a reunir y lo que se decide en cada momento.
Escritos, prueba, diligencias, medidas cautelares, negociación cuando procede y defensa en el juicio.
Recursos si caben. De no caber, ejecución: suspensión, sustitución y cancelación de antecedentes.
Actuamos ante los juzgados de instrucción y de lo penal que corresponden a Piovera, ante la Audiencia Provincial y, cuando procede, ante órganos de ámbito nacional. También asistimos en comisarías y puestos de la Guardia Civil de la zona. Si te encuentras en Piovera y prefieres no moverte, la primera consulta es por teléfono, videollamada o WhatsApp, y la documentación va por vía electrónica. El caso se trabaja igual de cerca. Cuando una comparecencia exige presencia física, estaremos donde se lleve el procedimiento.

La respuesta práctica es que no. La citación no suele concretar los hechos y tu declaración se incorpora al procedimiento sin vuelta atrás. Mejor leer el expediente antes de declarar, y para eso es necesario estar personado.
Varía según el delito, la fase del procedimiento y si hay que ir a juicio. Estudiado el caso, se te da un presupuesto por escrito y por fases, antes de comprometerte a nada.
Sí. Aceptamos asuntos de otros partidos judiciales y asimismo procedimientos internacionales, como extradiciones y euroórdenes ante la Audiencia Nacional.
También la acusación particular. Redactamos la denuncia o la querella, nos personamos en la causa y reclamamos la indemnización por los daños sufridos.
Sí. La instrucción es la fase donde la prueba se recoge y se pierde. Para cuando llega el señalamiento, lo importante ya está decidido.
Actuamos en el marco de todos los delitos enmarcados en el código penal.

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