Un procedimiento penal rara vez se anuncia. A veces es una citación, a veces una llamada desde comisaría y a veces una denuncia que nadie veía venir. Y también cuando eres tú la víctima y quieres que el delito se persiga. Ante cualquiera de esas situaciones conviene una abogada penalista en Talamanca de Jarama capaz de leer el expediente antes de que nada se vuelva irreversible. Aquí nos ocupamos en exclusiva del derecho penal, en defensa y en acusación particular. Cuéntanos qué ha pasado y valoramos tu situación.
Hay un fallo que se repite: hablar antes de saber en qué situación estás. Hay quien declara sin ver el atestado, firma un papel por quitárselo de encima y escribe a la otra parte convencido de que así se soluciona. Nada de eso se puede retirar después: queda en el expediente.
Estos son los casos con los que la gente acude al despacho:
Lo primero es entender el caso a fondo: revisar el procedimiento entero, identificar el delito atribuido o sufrido, y separar lo probado de lo que solo son conjeturas. En lo penal se responde por hechos acreditados, no por versiones. A partir de ahí, la estrategia de defensa admite varias vías. Solicitar el archivo o el sobreseimiento cuando lo ocurrido no es delito o carece de prueba. Plantear las diligencias que la instrucción ha dejado pendientes. Pactar una conformidad cuando es la mejor salida para ti. O mantener la defensa en el juicio oral ante quien corresponda. Si eres la parte perjudicada, el camino es el inverso: preparar la denuncia con la prueba ordenada, personarnos y pedir la responsabilidad civil. También asistimos al detenido en comisaría y en sede judicial, discutimos las medidas cautelares y llevamos la ejecución: suspensión, sustitución, permisos y cancelación de antecedentes penales.

Estafa, apropiación indebida, administración desleal, blanqueo de capitales, fraude fiscal, falsedad documental y alzamiento de bienes.
Conflictos entre socios y administradores: cuentas falseadas, acuerdos abusivos e impedimento del derecho de información de los socios.
Prevaricación, cohecho y malversación y tráfico de influencias.
Homicidio, asesinato, lesiones, detención ilegal y violencia de género o doméstica.
Amenazas, coacciones y acoso.
Agresión sexual, acoso, exhibicionismo, corrupción de menores y trata.
Hurto, robo con fuerza, robo con violencia, daños y allanamiento de morada.
Alcoholemia, exceso de velocidad, conducción temeraria, conducción sin permiso y abandono del lugar del accidente.
Calumnias e injurias, cada vez más ligadas a publicaciones en redes y a grupos de mensajería.
Tráfico de drogas, cultivo y tenencia y delitos farmacológicos.
Denuncia falsa, simulación de delito, falso testimonio, obstrucción y quebrantamiento de condena o de medida cautelar.
Revelación de secretos, acceso no autorizado a cuentas o dispositivos y difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
Extradiciones y euroórdenes de detención y entrega ante la Audiencia Nacional, con plazos muy cortos desde la detención.
Intervención por fases: instrucción, medidas cautelares, archivo y sobreseimiento, conformidad, juicio oral, delitos leves, acusación particular, ejecución de sentencia y derecho penitenciario.
Trámite ante el Ministerio de Justicia cuando ya se cumplen los plazos. Se gestiona online, sin desplazamientos ni esperas innecesarias.
No se parte de cero con la materia en cada asunto. Dedicación exclusiva al penal, con conocimiento de cada juzgado y de lo que funciona fase a fase: declaración, instrucción, juicio rápido o conformidad.
Irene Fernández Segura trabajó como gestora procesal en juzgados penales antes de ejercer. Conocer el funcionamiento interno de las causas y cómo se decide en la práctica cambia la forma de adelantarse a un procedimiento.
Una base de cuatro años de Psicología previa a la abogacía. Esa base pesa en el análisis de los hechos, en la preparación de las declaraciones y en localizar contradicciones en sala.
No se prometen resultados que nadie puede garantizar. Lo que se promete es criterio, transparencia y trabajo técnico de principio a fin, con un presupuesto claro por fases desde el inicio.
Un proceso penal toca el trabajo, la reputación y la familia. Todo se trata con máxima discreción y secreto profesional, sin excepciones.
Hablas siempre con la abogada de tu asunto, no con un intermediario. Más de cien valoraciones en Google dan cuenta de cómo se trabaja aquí.

Nos pones al día por teléfono, WhatsApp o consulta online. Si media una citación o una detención, esto va primero y se trata como urgente.
Revisamos denuncia, atestado, informes, mensajes y documentación. Aquí se ve lo que realmente se puede sostener y lo que no.
Todos los escenarios posibles y sus riesgos, incluido el más adverso. Qué pasos dar, qué documentos reunir y qué se decide en cada momento.
Escritos, práctica de prueba, diligencias, medidas cautelares, negociación cuando procede y defensa en la vista.
Recurso si hay margen. Y si no, ejecución: suspensión, sustitución y cancelación de antecedentes.
Trabajamos ante los juzgados de instrucción y de lo penal que corresponden a Talamanca de Jarama, ante la Audiencia Provincial y, si el asunto lo pide, ante órganos de alcance estatal. También acudimos a comisarías y puestos de la Guardia Civil de la zona. Si vives en Talamanca de Jarama y quieres evitar el desplazamiento, la primera consulta se hace por teléfono, videollamada o WhatsApp, y la documentación se envía por vía electrónica. El seguimiento es exactamente el mismo. Para las comparecencias que exigen presencia física estaremos donde se tramite el procedimiento.

En la práctica, no es aconsejable. La citación no siempre concreta los hechos y esa declaración se incorpora al procedimiento para siempre. Interesa conocer el expediente antes de decir nada, y eso exige estar personado.
Varía según el delito, la fase del procedimiento y si hay que ir a juicio. Tras estudiar el caso te entregamos un presupuesto por escrito y por fases, antes de que decidas nada.
Sí. Llevamos asuntos de otros partidos judiciales y también causas con alcance internacional, como extradiciones y euroórdenes ante la Audiencia Nacional.
Igualmente llevamos la acusación particular. Montamos la denuncia o la querella, nos personamos en la causa y exigimos la indemnización por los perjuicios sufridos.
Sí. En la instrucción es cuando la prueba se reúne y se pierde. Para cuando se señala el juicio, lo decisivo ya está resuelto.
Actuamos en el marco de todos los delitos enmarcados en el código penal.

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