Un procedimiento penal rara vez se anuncia. Aparece como una citación del juzgado, una llamada desde comisaría o una denuncia inesperada. Y también cuando eres tú la víctima y quieres que el delito se persiga. En todos esos supuestos lo sensato es una abogada penalista en Trafalgar que analice la situación antes de tomar decisiones sin retorno. Este despacho se dedica solo a derecho penal, en defensa y en acusación particular. Explícanos lo ocurrido y estudiamos tu caso.
Se comete siempre el mismo error: hablar sin saber todavía en qué situación estás. Uno declara en comisaría sin conocer el atestado, firma cualquier papel por acabar antes y escribe a la otra parte pensando que así lo soluciona. Todo ello pasa a formar parte del expediente y de ahí no se borra.
Así es como suele llegar la gente al despacho:
Lo primero, entender el caso de verdad: leer la causa completa, concretar el delito en juego y diferenciar la prueba sólida de las simples sospechas. La responsabilidad penal se sostiene sobre pruebas, no sobre opiniones. A partir de ahí, la estrategia de defensa admite varias vías. Buscar el archivo o el sobreseimiento cuando lo ocurrido no es delito o carece de prueba. Plantear las diligencias que la instrucción ha dejado pendientes. Negociar una conformidad si es lo que más te conviene. O defender el caso en juicio oral ante el órgano competente. Si eres la parte perjudicada, el camino es el inverso: reunir la denuncia con la prueba bien ordenada, personarnos y reclamar la responsabilidad civil. También asistimos al detenido en comisaría y en sede judicial, discutimos las medidas cautelares y llevamos la ejecución: suspensión, sustitución, permisos y cancelación de antecedentes penales.

Estafa, apropiación indebida, administración desleal, blanqueo de capitales, fraude fiscal, falsedad documental y alzamiento de bienes.
Conflictos entre socios y administradores: cuentas falseadas, acuerdos abusivos e impedimento del derecho de información de los socios.
Prevaricación, cohecho y malversación y tráfico de influencias.
Homicidio, asesinato, lesiones, detención ilegal y violencia de género o doméstica.
Amenazas, coacciones y acoso.
Agresión sexual, acoso, exhibicionismo, corrupción de menores y trata.
Hurto, robo con fuerza, robo con violencia, daños y allanamiento de morada.
Alcoholemia, exceso de velocidad, conducción temeraria, conducción sin permiso y abandono del lugar del accidente.
Calumnias e injurias, cada vez más ligadas a publicaciones en redes y a grupos de mensajería.
Tráfico de drogas, cultivo y tenencia y delitos farmacológicos.
Denuncia falsa, simulación de delito, falso testimonio, obstrucción y quebrantamiento de condena o de medida cautelar.
Revelación de secretos, acceso no autorizado a cuentas o dispositivos y difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
Extradiciones y euroórdenes de detención y entrega ante la Audiencia Nacional, con plazos muy cortos desde la detención.
Intervención por fases: instrucción, medidas cautelares, archivo y sobreseimiento, conformidad, juicio oral, delitos leves, acusación particular, ejecución de sentencia y derecho penitenciario.
Trámite ante el Ministerio de Justicia cuando ya se cumplen los plazos. Se gestiona online, sin desplazamientos ni esperas innecesarias.
No hay que ponerse al día con la materia cada vez que entra un asunto. Dedicación exclusiva al penal, con conocimiento de cada juzgado y de lo que funciona fase a fase: declaración, instrucción, juicio rápido o conformidad.
Antes de la abogacía, Irene Fernández Segura trabajó de gestora procesal en juzgados penales. Saber cómo funcionan las causas desde dentro, qué pesa y cómo se resuelve en la práctica transforma la forma de prever un procedimiento.
Una base de cuatro años de Psicología previa a la abogacía. Ese conocimiento está presente al examinar los hechos, al preparar las declaraciones y al detectar contradicciones en el juicio.
No se venden resultados que nadie puede asegurar. Se garantiza criterio, transparencia y trabajo técnico de principio a fin, y un presupuesto claro por fases antes de empezar.
Un caso penal alcanza el trabajo, la reputación y la familia. Se lleva con total discreción y amparado por el secreto profesional, sin excepciones.
Hablas con la abogada al frente de tu asunto, sin intermediarios. Más de cien reseñas en Google reflejan cómo se trabaja aquí.

Nos explicas lo ocurrido por teléfono, WhatsApp o consulta online. Si existe citación o detención, es lo prioritario y se trata como urgente.
Denuncia, atestado, informes, mensajes y toda la documentación. Es donde se distingue lo sostenible de lo que no lo es.
Los escenarios posibles con sus riesgos, también el peor. Qué pasos seguir, qué papeles juntar y qué se resuelve en cada punto.
Escritos, práctica de prueba, diligencias, medidas cautelares, negociación cuando procede y defensa en la vista.
Recursos, si es posible. Y si no, ejecución: suspensión, sustitución y cancelación de antecedentes.
Nos personamos ante los juzgados de instrucción y de lo penal que corresponden a Trafalgar, ante la Audiencia Provincial y, cuando procede, ante órganos de ámbito nacional. También asistimos en comisarías y puestos de la Guardia Civil de la zona. Si estás en Trafalgar y prefieres no moverte, la primera consulta es por teléfono, videollamada o WhatsApp, y la documentación va por vía electrónica. El seguimiento es exactamente el mismo. Para las comparecencias que requieren presencia física, estaremos donde se tramite el procedimiento.

Siendo prácticos, no deberías. Muchas veces la citación no concreta los hechos, y lo que declares queda en la causa para siempre. Conviene leer el expediente antes de decir nada, y para eso hay que estar personado.
Varía según el delito, la fase del procedimiento y si hay que ir a juicio. Después de analizar el asunto tendrás un presupuesto por escrito y por fases, antes de decidir.
Sí. Asumimos asuntos de otros partidos judiciales y también procedimientos con proyección internacional, como extradiciones y euroórdenes ante la Audiencia Nacional.
También la acusación particular. Preparamos la denuncia o la querella, nos personamos en la causa y reclamamos la indemnización por los perjuicios sufridos.
Sí. La instrucción es el momento en que la prueba se recoge y también se pierde. Para cuando se señala el juicio, lo decisivo ya está resuelto.
Actuamos en el marco de todos los delitos enmarcados en el código penal.

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